Tengo una demanda por deudas, ¿todavía puedo negociar?

Tengo una demanda por deudas, ¿todavía puedo negociar?. Templaris

Para que se produzca una demanda o reclamación judicial de un crédito bancario, generalmente, antes se han realizado otras comunicaciones y reclamaciones menores al cliente en mora. La falta de respuesta de estas puede traer como consecuencia la acción legal.

Dado este panorama, quizás te preguntarás: “¿Puedo llegar a un acuerdo o negociar cuando estoy a puertas de un tribunal?”.

En términos generales, podemos decir que la respuesta es sí. Pero se tiene que tomar en cuenta que, según el prestatario, las condiciones de negociación se pueden endurecer. De modo que lo más recomendable es conversar con el banco lo más cerca de producirse el incumplimiento.

Hay que tomar en cuenta que la reclamación de una deuda puede suponer gasto de tiempo, dinero y hasta prestigio para una entidad bancaria.

A las primeras de un incumplimiento se activa el personal interno del banco. Este procede a llamar para estimular el pago. Se trata de tiempo que los trabajadores dedican a reclamar una deuda en lugar de hacer actividades que pudieran generar más rentabilidad.

Cuando el cliente prosigue en su demora, la entidad puede pasar la reclamación a una empresa de cobranza. Lo que genera gastos.

Si en esta fase el pago se demora mucho más, el crédito reclamado pasa a la cartera de créditos impagos dentro del balance de la institución financiera. Se considera un balance negativo o números rojos. Las leyes del país exigen a los bancos tener un número muy reducido de esas moras. En caso contrario, se procede a imponer sanciones.

Si sigue corriendo el tiempo lo más seguro es que se produzca una reclamación judicial o demanda. Bien sea dirigida por el banco o por el comprador del crédito. (Sí, los bancos pueden vender a otras empresas los préstamos en mora. Generalmente compañías de cobranzapara reducir sus números rojos).

Espacios para negociar

Incluso cuando un banco o acreedor inician un proceso legal, se establecen ventanas para que el cliente salde su deuda y evite males mayores. Los embargos de sus bienes muebles, de su cuenta bancaria o de sus inmuebles (para el caso de las hipotecas).

En el caso de las cuentas, el proceso es bastante expedito. Basta con que el acreedor levante un acta, a través de profesionales del derecho, y esta se entrega a los alguaciles. Ellos se encargan de llevar el oficio a los bancos y la cuenta, a partir de ese momento, no puede ser movilizada. Es lo que se denomina un embargo retentivo.

Pero incluso en ese momento se le permite al cliente entenderse con el banco para pagar. Puede ser saldando todo lo adeudado o llegando a un acuerdo para un pago programado, siempre que el acreedor lo acepte y se firme un acuerdo.

Si el cliente no negocia en ese momento, pudiera interponer una contra-demanda. Pero si el préstamo bancario está documentado, si la persona incurrió en mora y si el impago fue notificado debidamente. Este tiene pocas oportunidades de ganar una confrontación legal o demanda.

Además de ver ratificado el embargo de su cuenta, podría tener que pagar los gastos legales en que incurrió el demandante.

De modo que lo más sabio sería, si se comienza una acción legal. Saldar de una vez o, en su defecto, llegar a algún tipo de acuerdo.

Espacios para negociar en otros tipos de embargos

En República Dominicana existen también los embargos conservatorios y los ejecutivos, además de los inmobiliarios.

El conservatorio aplica para reclamar lo adeudado a través de posesiones o bienes muebles. Por medio de una acción procesal expedita se evita que el deudor tenga acceso a los bienes y, por ende, los afecte o sustraiga.

No quiere decir que se subasten de inmediato. Eso pudiera ocurrir en una etapa posterior y pasaría a ser un embargo ejecutivo. En el se produce una venta en pública subasta autorizada por un tribunal. El objetivo es que el dinero obtenido allí pase a manos del acreedor. Pero incluso antes de que se ejecute la subasta, el acreedor (si así accede el tenedor de la deuda) puede negociar el pago de sus compromisos crediticios, lo que evitaría que su patrimonio se vea más afectado.