No podemos predecir el futuro, así que no podemos evadir un imprevisto: un accidente, un despido involuntario, enfermedades, averías y un largo etcétera. Así que la respuesta en este caso es afirmativa, sí es importante contar con un seguro para créditos.
Ahora bien, hay que conocer detalles sobre los beneficios, las limitaciones, las coberturas y las indicaciones que establecen las leyes en la República Dominicana.
En el mundo de la cobranza profesional, se suelen categorizar a los deudores. ¿Cuál es el tipo más común? El llamado deudor fortuito o temporal.
En esta categoría están los clientes bancarios que quieren pagar (el subrayado no es gratuito), pero no lo hacen porque se quedaron sin fondos por un evento inesperado. Y por cada cuota que dejan de pagar se acumulan intereses y penalidades.
En esos casos puede ser útil contar con un producto que cubra esas cuotas por unos meses, mientras se subsanan los problemas económicos. Y lo es porque esa persona tiene el deseo de pagar, honrar sus compromisos y gozar de buena reputación en el sistema bancario.
Beneficios de los seguros para créditos
Los hay desde para tarjetas de créditos hasta para préstamos de maquinaria pesada, pasando por créditos hipotecarios y de vehículos.
Entre las ventajas se cuentan:
- Cubre de una a seis cuotas o meses (dependiendo del banco) en caso de pérdida de empleo o por incapacidad temporal (para profesionales independientes).
- En algunos casos, la suma asegurada es igual al saldo de capital pendiente sin atraso.
- El capital queda saldado en caso de fallecimiento del prestatario.
Estas son las virtudes principales. Claro, tienen sus matices entre un banco y otro en el país. Pero lo crucial es que evita:
- Caer en mora de inmediato
- Acumular interés y penalidades
- Riesgo de caer en legal o cuenta castigada
- Desmejorar el historial crediticio en el buró de crédito
- La familia no hereda una deuda en caso de fallecimiento