¿Cómo evalúan los bancos la morosidad de sus clientes?

¿Cómo evalúan los bancos la morosidad de sus clientes?

Conforme pasa el tiempo sin pagar un préstamo bancario, incluidas las tarjetas de crédito, las entidades bancarias van poniendo una calificación a sus clientes. 

No se trata de una evaluación arbitraria, sino que responde a parámetros establecidos en las leyes, específicamente en el Reglamento de Evaluación de Activos, de obligatorio cumplimiento por todas las entidades de intermediación financiera en República Dominicana. 

El Estado dominicano exige esto para que el sistema bancario se maneje con transparencia, además de evitar que las entidades otorguen créditos a clientes sin capacidad de pago.

¿Cómo evalúan los bancos? 

El artículo 32 del reglamento establece el primer parámetro para la evaluación de clientes de créditos de consumo: 

“La evaluación del riesgo de la cartera de créditos de consumo, se realizará considerando la morosidad a la fecha de la clasificación de cada una de las operaciones de consumo del deudor en la entidad de intermediación financiera, debiendo asignarse a éste, una única clasificación con base en la peor morosidad”.

Cuando se trata de tarjetas de crédito también se aplica un parámetro igual, se asigna una clasificación con base en la peor morosidad registrada, al momento de la evaluación, entre todas las tarjetas que tiene el usuario en la misma entidad financiera. 

Esto quiere decir que si una persona tiene una morosidad de 30 días con un crédito personal y otra demora de 60 días con una tarjeta de crédito, para el banco el índice general que establecerá será una mora de 60 días. 

¿Qué calificación me ponen? 

El documento establece cinco categorías en función del tiempo que va sumando el impago, a saber: 

  1. Clasificación A: mora hasta 30 días
  2. Clasificación B: mora desde 31 a 60 días
  3. Clasificación C: mora desde 61 a 90 días 
  4. Clasificación D1: mora desde 91 a 180 días 
  5. Clasificación D2: mora desde 181 a 270 días 
  6. Clasificación E: mora mayor a 270 días

¿Qué pasa luego con esa clasificación? 

Esa información la reporta la entidad financiera periódicamente, por lo regular una vez al mes, a los burós de crédito.

Estos agregan, además, los datos que sobre un mismo cliente lleguen de distintas entidades de intermediación financiera. 

Pero no se queda allí; también se toma en cuenta la puntualidad o no con que se pagan servicios de telefonía y electricidad. Incluso a otras empresas privadas, puede aplicar cuando se tiene un negocio y no se paga a tiempo a empresas proveedoras.

El escenario de la reestructuración 

Ahora bien, ¿qué pasa con todo esto si el cliente llega a un nuevo acuerdo de pago con el banco? Esta situación es común cuando se cae en morosidad. 

En términos formales, se llama a este acuerdo “reestructuración de crédito”, al que accede el banco —luego de un análisis— cuando hay un deterioro en la capacidad de pago del deudor. 

Generalmente también se cumplen condiciones como una demora de más de 60 días. Asimismo, cuando se cumple la condición de que la morosidad representa más del 10% de la deuda consolidada

Entonces se ponen nuevas condiciones referente a cantidad de cuotas, tasa de interés, plazo de vencimiento u otro elemento que se considere importante. 

La nueva condición también es reportada por la organización bancaria a los burós de crédito. En ese momento se califica al cliente en función del peor de los siguientes escenarios: 

  • La clasificación vigente al momento de reestructurar la deuda. 
  • La clasificación que surja de los días de mora del crédito al momento de reestructurar.

Hay que resaltar que para los préstamos reestructurados opera una clasificación un poco distinta, empezando por la particularidad de que la primera categoría es B: 

  1. Clasificación B: mora hasta 30 días
  2. Clasificación C: mora desde 31 a 60 días
  3. Clasificación D: mora desde 61 a 90 días
  4. Clasificación D2: mora desde 91 a 180 días
  5. Clasificación E: mora desde 181 días en adelante

Buenas prácticas cuando se está en mora o sobreendeudamiento

Ya sabes cómo ponderan los bancos y la relación que tiene con los burós. En consecuencia, si estás cayendo en mora toma las siguientes medidas:

  • Reduce tus gastos en telefonía o elimina algún plan.
  • Reduce el consumo de electricidad y paga a tiempo.
  • Negocia lo más pronto que puedas con tu banco un acuerdo de pago. 

Los dos primeros elementos tienen un peso en la calificación, ya no de los bancos, pero sí de los burós de crédito

Un acuerdo de pago te puede dar una flexibilidad, temporal o a más largo plazo, para abordar tu deuda. 

Tras un nuevo pacto, por favor, sé puntual. De esa manera tu clasificación puede mejorar, incluso en poco tiempo. El artículo 37 del Reglamento de Evaluación de Activos lo explica claramente: 

“Los créditos reestructurados podrán ser modificados en una categoría de menor riesgo, cuando presenten evidencia de pago sostenido de al menos 3 (tres) cuotas en los tiempos estipulados, conforme a las condiciones pactadas en el contrato crediticio o pagaré y podrá seguir mejorando una clasificación a la vez, hasta la clasificación “A” en la medida en que se mantenga este comportamiento”. 

Lo importante siempre es no alargar más y más el impago, con ello incrementan las penalidades y el riesgo de una cobranza judicial que te embargue las cuentas bancarias o bienes. Si no sabes cómo negociar con el banco, pide a tu gestor de cobranza que negocie por ti.